Publicado en

¿Cuántas okupaciones hay en España al año? 14.875 denuncias y la cuenta que no te hacen

¿Cuántas okupaciones hay en España al año? Si sacas la respuesta de tu móvil, te va a salir una plaga. El último ejemplo es un short que ya pasa de 165.000 reproducciones: «¡Portugal termina con la OKUPACIÓN! Nueva ley con CÁRCEL y desalojos rápidos». Mayúsculas, sirena y la idea de fondo de siempre: los de al lado lo arreglan y aquí estamos indefensos.

Vamos a hacer lo que el vídeo no hace: contar.

Cuántas okupaciones hay en España al año, según Interior

El dato oficial sale del Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior, que suma lo que registran Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas y locales bajo «allanamiento y usurpación de inmuebles». Los datos de 2025, actualizados en abril de este año, dicen esto:

  • 2025: 14.875 hechos conocidos.
  • 2024: 16.426. Bajada de alrededor del 9,4 %.
  • 2014: 10.084. En diez años, un 32 % más.

Por comunidades, Cataluña acumula 5.913 denuncias, casi cuatro de cada diez de toda España. Le siguen Andalucía con 1.909, la Comunitat Valenciana con 1.805 y la Comunidad de Madrid con 1.269.

Primera conclusión, la incómoda para los dos bandos: el número creció mucho en una década y el último año bajó. Ni hay plaga ni es un invento.

Ponerlo al lado del número de casas

Una cifra suelta sin denominador es puro ruido. España tenía unos 26,6 millones de viviendas según el Censo de Población y Viviendas de 2021 del INE, y de ellas unos 3,8 millones figuraban como vacías.

Saca la cuenta: 14.875 entre 26,6 millones da unas 5 o 6 denuncias por cada 10.000 viviendas en un año. Si solo cuentas las casas vacías, que es donde se produce la mayoría de las ocupaciones, sale alrededor de 4 por cada 1.000.

Eso no hace la okupación irrelevante. Para quien la sufre es un drama con nombre y apellidos y un juzgado que no contesta. Pero un riesgo de este tamaño no justifica que medio país duerma con miedo a ir a por el pan.

Lo que el dato no dice (y nadie te avisa)

Aquí viene la parte que se saltan los que te venden el miedo y también los que te venden que no pasa nada.

  • Son denuncias, no viviendas okupadas. Una misma casa puede generar más de una denuncia y algunas ocupaciones no se denuncian nunca. La cifra real puede ser mayor o menor.
  • Mezcla dos delitos muy distintos. El allanamiento de morada (entran en la casa donde vives, artículo 202 del Código Penal) y la usurpación (ocupan un inmueble vacío, artículo 245). El portal no los separa, así que nadie puede decirte con datos oficiales cuántas familias se encontraron a alguien en su casa al volver de vacaciones.
  • Habla de inmuebles, no solo de pisos. En la estadística también entran naves, locales y edificios.
  • Es una foto del año. No te dice cuántas viviendas siguen ocupadas hoy ni cuánto tardan en recuperarse.

El Ministerio del Interior insiste en que los allanamientos de morada son pocos frente a las usurpaciones, casi siempre de viviendas vacías. El ministro Grande-Marlaska llegó a decir en sede parlamentaria: «No es eso de que bajo a por el pan o me voy de vacaciones y han entrado a mi casa». Puede tener razón, pero su propio portal no da el desglose que lo demostraría. Si quieres cerrar el debate, publica el dato por delito.

Cómo se fabrica la plaga

Las técnicas de siempre, por su nombre:

  • Anécdota como estadística. Un caso con vídeo de la vecina llorando vale más que diez mil filas de una tabla. Ese caso es real, pero no te dice cuántos hay.
  • Cifra sin denominador. «Quince mil okupaciones» suena a invasión hasta que lo pones al lado de 26 millones de viviendas.
  • Comparación trucada. «Portugal lo ha resuelto» sin decir que su ley entró en vigor el 25 de noviembre de 2025 y que todavía no hay un año completo de datos para saber si ha resuelto algo.

Y la técnica contraria, la del que minimiza: la media que tapa el mapa. Que el riesgo nacional sea bajo no quiere decir que lo sea en todas partes. Cuatro de cada diez denuncias se concentran en Cataluña, así que la probabilidad no es la misma en un barrio de Badalona que en un pueblo de Soria.

Lo que de verdad dice la ley portuguesa

Ya que el short la usa como ejemplo, conviene leerla. La Lei n.º 67/2025 quita el requisito de violencia del delito de usurpación. Castiga la ocupación con hasta 2 años de prisión o multa, con hasta 3 años o multa si hay violencia o es la vivienda habitual de alguien, y con 1 a 4 años si hay ánimo de lucro. Permite que el juez ordene la devolución inmediata dentro de un proceso penal que empieza con la denuncia del dueño. Y obliga a valorar la situación social de los ocupantes cuando se trata de vivienda pública.

El short no menciona la multa ni la cláusula social. También da como fecha de aprobación el 22 de octubre, cuando la ley publicada dice 28 de octubre de 2025. Son detalles pequeños, pero hacen que la ley parezca más dura de lo que es.

Veredicto

Unas 15.000 denuncias al año en un país de 26 millones de viviendas: un problema real, localizado y en descenso el último año, que ni Interior ni los vídeos virales te cuentan entero.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *